Acuerdo Ministerial: Ecuador emite normativa técnica para la salvaguardia del patrimonio inmaterial
El Ministerio de Cultura y Patrimonio, mediante el Acuerdo Ministerial Nro. DM-2018-126, emitió la normativa técnica para la Salvaguardia del Patrimonio cultural inmaterial (PCI) en el Ecuador. Este acuerdo ministerial tiene como propósito el normar los procedimientos administrativos referentes al registro, investigación y gestión del PCI en el país.
La emisión de la mencionada normativa se encuentra dentro del marco del proceso de construcción de las políticas públicas del PCI en el Ecuador, el cual se consolidó en el 2017, con la emisión del Acuerdo Ministerial Nro. DM-2017-009.
Dicho Acuerdo enfatizaba la generación de proceso de sensibilización y reconocimiento del PCI y la valoración de su función social como promotor del desarrollo sostenible, a través de la participación protagónica y efectiva de portadores, comunidades, pueblos y nacionalidades.
La construcción de los lineamientos de la política pública contó con el importante apoyo del “Proyecto de Fortalecimiento de capacidades para la salvaguardia del patrimonio cultural Inmaterial”, desarrollado por la Oficina de la UNESCO en Quito y representación para Bolivia, Colombia, Ecuador y Venezuela, en coordinación con el Ministerio de Cultura y Patrimonio y el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural (INPC).
La Normativa Técnica para la Salvaguardia del PCI, emitida en julio pasado, tiene por finalidad estandarizar los procesos, metodologías y articularlos así, a los instrumentos jurídicos existentes para el tratamiento del PCI en el Ecuador.
Dentro de la nueva normativa, se detalla los criterios para el registro del PCI así como los procesos de certificación de dichos registros.
En lo referido a salvaguardia del PCI, la normativa menciona los criterios para la formulación de planes de salvaguardia, así como los fines de la lista representativa del PCI del Ecuador. Por otro lado, el documento también refiere los criterios para la investigación del PCI, sus procesos y principios.
Finalmente se estable como disposición transitoria, que el INPC asesore a los Gobiernos Autónomos descentralizados (GAD) en la elaboración o culminación de los expedientes de cada una de las manifestaciones que fueron declaradas como PCI antes de la promulgación de la Ley Orgánica de Cultura, bajo la cual se encuentran incorporadas en la Lista Representativa del PCI del Ecuador.
Fuente: Crespial | Más información: